Enmiendas
Enmienda D: Nuevos jueces para el 23º Distrito Judicial
Se trata de una enmienda remitida por la legislatura que modifica la Constitución de Colorado para dotar de jueces al nuevo 23º Distrito Judicial.
Disposiciones principales:
- Permite al gobernador nombrar jueces de distrito del actual 18º Distrito Judicial al nuevo 23º Distrito Judicial;
- Permite que los jueces designados que fueron elegidos o retenidos en las elecciones de noviembre de 2024 para el 18º Distrito Judicial terminen sus mandatos en el 23º Distrito Judicial; y
- Requiere que los jueces designados residan en el 23º Distrito Judicial antes del 7 de enero de 2025.
Antecedentes:
La Constitución de Colorado permite a la Legislatura revisar los límites de los distritos judiciales. El 18º Distrito Judicial fue trazado hace más de 50 años y ahora tiene una población de más de un millón de personas, casi el 20% de la población de Colorado.
En 2020 la Legislatura de Colorado dividió el 18º Distrito Judicial compuesto por los condados de Arapahoe, Douglas, Elbert y Lincoln. El 18º Distrito Judicial contendría sólo el condado de Arapahoe y el nuevo 23º Distrito Judicial estaría compuesto por los condados de Douglas, Elbert y Lincoln.
La legislación original, HB20-1026, dividía los 24 jueces del 18º Distrito Judicial para asignar 17 jueces a Arapahoe y 8 al nuevo 23º Distrito Judicial. Cualquier juez en servicio en el 18º Distrito Judicial que viviera en el nuevo 23º Distrito podría completar su mandato en el 23º Distrito Judicial y ser elegible para la elección de retención en el mismo año en que normalmente habría estado en el 18º Distrito Judicial.
La legislación preveía un juez adicional pero no designaba qué distrito lo obtendría. La legislación tampoco permitía seguir el proceso constitucional para el nombramiento de jueces que requiere un comité de nominaciones de distrito antes del nombramiento del gobernador. Esto podría haber dado lugar a litigios por parte de los demandados que declaren que un juez no fue legalmente nombrado. Tampoco designaba qué hacer si no había el número correcto de jueces residiendo en alguno de los condados.
Esta propuesta implementa constitucionalmente la ley HB20-1026 al permitir que el gobernador designe a los jueces del 18º Distrito Judicial para cubrir los 8 nuevos puestos del 23º Distrito Judicial, independientemente de que los jueces vivan o no en el nuevo 23º Distrito, siempre que sean residentes del 23º Distrito Judicial antes del 7 de enero de 2025.
Esto modifica la Constitución de Colorado, por única vez, eliminando el requisito de que los jueces de distrito sean residentes de su distrito el día en que son nombrados o seleccionados y eliminando el requisito de que sean recomendados por un comité de nominaciones de distrito antes de que el gobernador nombre a los jueces.
Los que están a favor dicen:
1. La enmienda propuesta a la Constitución del estado evita las interrupciones y retrasos de la designación de un juez al omitir la nominación requerida por el comité de distrito antes de que el gobernador haga los nombramientos. Los jueces del 18º Distrito Judicial ya habían sido remitidos por un comité de nominaciones antes de su nombramiento.
2. La enmienda propuesta define el proceso para proporcionar el número correcto de jueces y evita la confusión en caso de que haya un número incorrecto de jueces que residan en cualquiera de los distritos. No existe un procedimiento constitucional para destituir a un juez, salvo en caso de impugnación.
3. La enmienda propuesta es un arreglo único para situaciones no contempladas en la Constitución.
Los que se oponen dicen:
1. La enmienda propuesta entra en conflicto con la Constitución de Colorado, que exige que los jueces residan en su Distrito Judicial el día de su nombramiento.
2. La enmienda limita a los jueces a aquellos que fueron jueces en el 18º Distrito Judicial. ¿Por qué no abrir los nombramientos a otros jueces que no vivan en el 23º Distrito Judicial?
3. ¿Vale la pena una enmienda constitucional para salvar los puestos de trabajo de varios jueces que superan los 17 requeridos en el 18º Distrito Judicial pero que no viven en el 23º Distrito Judicial? ¿Por qué no utilizar el proceso actual que implica un comité de nominaciones?
Enmienda E: Extender la exención de Homestead a los cónyuges de la Estrella de Oro
Esta es una enmienda referida por la legislatura a la Constitución de Colorado para extender la Ley de Exención de Homestead.
Disposición principal:
- Permite una exención de impuestos a la propiedad al cónyuge sobreviviente de un miembro del servicio que murió en el cumplimiento del deber o de un veterano que murió de una enfermedad o lesión relacionada con el servicio.
Antecedentes:
En la actualidad, las personas mayores que reúnen los requisitos y los veteranos discapacitados que reúnen los requisitos, así como sus cónyuges supervivientes, reciben una exención del impuesto sobre bienes inmuebles. La mitad de los primeros 200.000 dólares del valor real de su residencia principal ocupada por el propietario está exenta. Por ejemplo, una residencia de 120.000 dólares se grava como si valiera 60.000 dólares, y una residencia de 400.000 dólares se grava como si valiera 300.000 dólares. Esta medida ampliaría la exención del impuesto sobre la propiedad a los cónyuges supervivientes de los veteranos fallecidos por una lesión o enfermedad relacionada con el servicio y de los miembros del servicio fallecidos en acto de servicio. El Estado reembolsa a las administraciones locales los ingresos perdidos por las exenciones. En un año de reembolso TABOR, el reembolso es la primera reclamación de los reembolsos TABOR. En los años de reembolso no TABOR, los reembolsos a los gobiernos locales se realizan con cargo al Fondo General del Estado.
Los que están a favor dicen:
1. La Exención Homestead de Colorado permite a un propietario eximir una cierta cantidad del valor de la casa de los impuestos sobre la propiedad del propietario en un año fiscal determinado. Esta exención fiscal está disponible para los residentes calificados mayores de sesenta y cinco años o los veteranos discapacitados calificados. Las familias de los miembros del servicio que perdieron la vida no reciben esta misma desgravación. Es incoherente proporcionar una desgravación a una familia sólo porque el cónyuge de esa familia quedó discapacitado en acto de servicio y sobrevivió, pero no a las familias cuyos cónyuges murieron en acto de servicio o cuyo fallecimiento fue consecuencia de una lesión o enfermedad relacionada con el servicio.
2. Los miembros del servicio que murieron en acto de servicio pagaron el precio más alto para proteger a los Estados Unidos y a sus ciudadanos. Aunque el Estado nunca podrá compensar a las familias de estos miembros por ese sacrificio, sí puede proporcionar un mínimo de alivio financiero a estas familias durante su tiempo de necesidad. Se estima que esta medida ayudaría a unos 900 cónyuges supervivientes durante el año fiscal 2023.
Los que se oponen dicen:
1. Aunque se trata de una exención del impuesto sobre bienes inmuebles, el Estado reembolsaría a las administraciones locales los ingresos perdidos por la exención, manteniendo íntegros los presupuestos de las administraciones locales. En los años en que los ingresos del Estado superen el límite de ingresos, el reembolso saldría del exceso de ingresos. En los años sin reembolso, cuando los ingresos estatales ya son escasos, el reembolso se pagaría con el Fondo General del Estado. Destinar partes de los ingresos del Fondo General, limitándolos a un propósito específico por estatuto o constitución, reduce la flexibilidad del Gobernador y de la Asamblea General del estado para hacer malabares con los fondos limitados entre una miríada de necesidades que compiten para servir a los coloradenses.
Enmienda F: Cambios en las organizaciones benéficas de juegos de azar
Esta es una propuesta referida de la legislatura para enmendar la Constitución de Colorado para permitir revisiones a las actividades de juegos de azar de caridad.
Disposiciones principales:
- Reduce el período de existencia requerido para que una organización benéfica obtenga una licencia de bingo-rifa de cinco a tres años y permite a la legislatura establecer un requisito diferente en 2025; y
- Permite, pero no exige, que un miembro de una organización benéfica sin ánimo de lucro reciba una compensación de hasta el salario mínimo por gestionar un juego de bingo-rifa. Deroga la restricción constitucional sobre la compensación a partir del 1 de julio de 2024.
Antecedentes:
Actualmente las organizaciones sin ánimo de lucro con licencias de bingo y tómbolas están obligadas a realizar esos juegos sólo con miembros voluntarios de la organización. Antes de que la organización sin ánimo de lucro pueda solicitar una licencia de rifa o bingo, debe haber existido de forma continuada durante cinco años y presentar otra información pertinente. Esta propuesta limita el pago a un gerente u operador contratado a no más del salario mínimo. La recaudación del juego debe destinarse a los fines específicos de la organización sin ánimo de lucro que lo realiza.
Los que están a favor dicen:
1. La propuesta permitiría a las organizaciones sin ánimo de lucro considerar la realización de rifas de bingo como una fuente de ingresos en beneficio de los programas de su asociación. Las asociaciones tendrían la opción de compensar a sus voluntarios, lo que a su vez, ayudaría a la contratación y retención de las personas que trabajan en el juego para apoyar a la organización no lucrativa.
2. Las comunidades de Colorado se benefician del funcionamiento de las organizaciones sin ánimo de lucro cada día. En muchos lugares, las organizaciones sin ánimo de lucro de Colorado son la única fuente que proporciona un recurso esencial.
Los que se oponen dicen:
1. Permitir que organizaciones menos fiables entren en el comercio de juegos sin ánimo de lucro reducirá una de las mayores fuentes de ingresos que las organizaciones sin ánimo de lucro tienen para su uso en la comunidad y, efectivamente, detendrá los esfuerzos en su totalidad. A partir del 1 de enero de 2025 la legislatura de Colorado puede reducir aún más una clave importante para la obtención de una licencia de bingo, que es la reducción del requisito de estabilidad de la organización de tres años a cero, lo que permite cualquier operación de mosca por la noche para operar y huir del estado con los beneficios tan rápido como llegaron.
2. Permitir que los voluntarios del bingo reciban un salario reducirá el margen de beneficios y comercializará de forma efectiva el comercio del juego benéfico sin ánimo de lucro, y reducirá potencialmente la cantidad de dinero que las organizaciones sin ánimo de lucro pueden dedicar a su misión principal.
Propuestas
Propuesta FF: Comidas saludables para todos
Esta es una propuesta referida de la legislatura para enmendar los estatutos para proporcionar comidas para todos los estudiantes de las escuelas públicas en Colorado.
Disposiciones principales:
- Crea un programa que proporciona desayunos y almuerzos saludables gratuitos para todos los estudiantes de las escuelas públicas de Colorado donde las autoridades alimentarias escolares participantes (SFA) sirven y participan en el programa nacional de almuerzos escolares o el programa nacional de desayunos escolares; y
- Financia el programa mediante el aumento de los impuestos sobre los hogares que ganan más de 300.000 dólares; y de los fondos federales designados para las comidas escolares.
Antecedentes:
Al comienzo de la pandemia de COVID 19, el Departamento de Agricultura de EE.UU. autorizó las comidas gratuitas universales para los estudiantes escolares como una forma de combatir la inseguridad alimentaria generalizada que muchos hogares estaban experimentando. El programa federal, de dos años de duración, requería que el Congreso estadounidense lo renovara para continuar. El Congreso optó por no renovarlo, haciendo que el programa expirara al final del año escolar 2022.
Se ha informado que las escuelas de Colorado sirvieron más de 1,3 millones de comidas escolares más en octubre de 2021 que en octubre de 2019 antes de la pandemia, un aumento que los funcionarios del distrito atribuyen al programa ampliado de comidas gratuitas. Para el año escolar actual, las comidas escolares se pagan con fondos estatales y federales más los pagos de las familias de acuerdo con los ingresos familiares del estudiante.
La propuesta crea un Departamento de Comidas Saludables en el Departamento de Educación de Colorado en la Oficina de Nutrición Escolar y proporcionaría reembolsos a las Autoridades Alimentarias Escolares (SFA) que decidan participar en el programa. Proporciona elegibilidad a las Autoridades Alimentarias Escolares para la financiación para aumentar los salarios o proporcionar estipendios para el personal de alimentos. La SFA podrá optar a una subvención para pagar la compra de alimentos, la asistencia técnica y la educación. Cada SFA participante deberá crear un comité de padres y estudiantes para asesorar al SFA local en la compra de alimentos.
La medida establece que los alimentos para el programa deben ser cultivados, criados o procesados en Colorado.
Cada dos años, a partir de 2024, el Departamento de Educación de Colorado presentará un informe a la legislatura estatal sobre el programa de comidas escolares. El informe independiente examinará el éxito financiero y de rendimiento del programa.
Los que están a favor dicen:
1. La investigación sobre el hambre infantil ha descubierto que los niños que no están adecuadamente alimentados tienen calificaciones más bajas, muestran problemas de comportamiento en la escuela y tienden a tener más problemas de salud emocional, mental y física que los niños que no pasan hambre. Este programa combate estos problemas asegurándose de que cada niño en la escuela tenga al menos una comida al día.
2. El impacto del aumento del coste de la vida afecta a muchas familias. Sus ingresos familiares pueden causar estrés con la decisión de pagar los almuerzos escolares u otros gastos. Muchas familias, que tienen ingresos ligeramente por encima de los requisitos federales, no califican para el actual programa federal de almuerzos gratuitos. Esta propuesta que proporciona desayunos y almuerzos escolares ayudará a aliviar la presión de los aumentos del coste de la vida.
3. Los estudiantes que reciben comidas del actual programa federal de almuerzos gratuitos se sienten avergonzados por el estigma y la vergüenza de ser señalados. A veces, las familias de los niños no disponen de fondos para pagar los almuerzos escolares y acumulan una deuda de comidas escolares. Todos los estudiantes recibirán desayunos y almuerzos saludables y nutricionalmente equilibrados en la escuela. No habrá motivos para que los niños se avergüencen o se salten las comidas escolares.
Los que se oponen dicen:
1. Esta medida sube los impuestos a algunos hogares en un momento en que la inflación es alta y el coste de la vida aumenta. Unos impuestos más altos significan que esos contribuyentes tendrán menos dinero para ahorrar o invertir en la economía. Esos impuestos adicionales deberían ser utilizados por los individuos y las familias de la manera que consideren más conveniente.
2. El Estado no debería pagar para alimentar a los niños cuyas familias pueden permitirse comprar una comida en la escuela o traer comida de casa. Alimentar a sus propios hijos debe ser función y responsabilidad de los padres o cuidadores, no del gobierno. La medida continuará la financiación, los recursos y la supervisión del estado para un programa que no es necesario para todos los estudiantes.
3. Las escuelas de Colorado están infrafinanciadas. Si los votantes quieren aumentar los impuestos para ayudar a los estudiantes, sería mejor dar a los distritos locales este nuevo dinero para que lo utilicen de la manera que el distrito escolar crea que sirve mejor a sus estudiantes.
Propuesta GG: Añadir una tabla de impuestos a las peticiones y a las papeletas de votación
Se trata de una ley remitida por la legislatura para añadir una tabla de impuestos a las peticiones de iniciativa ciudadana y a la papeleta electoral.
Disposiciones principales:
- Añade una tabla de impuestos a las peticiones de iniciativa ciudadana y a la papeleta de votación para las propuestas que aumentan o disminuyen el impuesto estatal sobre la renta, y requiere que se añada una declaración de impacto fiscal en el título de la papeleta.
Antecedentes:
Si se aprueba esta medida, el título de una iniciativa electoral que modifique el tipo del impuesto sobre la renta incluirá una tabla que muestre el cambio resultante en dólares del impuesto sobre la renta para ocho grupos de ingresos diferentes.
La declaración de impacto consistiría en una tabla que mostrara, por ocho categorías de ingresos diferentes, el promedio actual del impuesto sobre la renta adeudado en cada categoría, el promedio del impuesto sobre la renta pagado en cada categoría si se aprueba la medida, y la diferencia entre el promedio del impuesto adeudado antes y después del cambio de tasa. La tabla también aparecería en la declaración inicial de impacto fiscal preparada por el Director de Investigación del Consejo Legislativo, que no es partidista.
Actualmente, esta información se encuentra en el "Libro Azul" (folleto informativo de la papeleta). No se exige que esta información figure en las peticiones de iniciativas ni en la papeleta electoral.
Los que están a favor dicen:
1. La tabla con los impactos en los impuestos por ingresos permite a los votantes entender claramente cómo un aumento o disminución del impuesto sobre la renta les afectará a ellos y a sus familias a la hora de decidir si firman o no una petición o si aprueban o rechazan una medida.
2. Esta medida hará que los votantes de Colorado estén más informados y que las elecciones sean más transparentes.
Los que se oponen dicen:
- Incluir la tabla de impactos del cambio de la tasa impositiva haría que los títulos de las boletas, y por lo tanto las boletas, fueran demasiado largos, costosos y engorrosos. Los votantes ya pueden acceder a información similar en el Libro Azul.
Propuesta 121: Reducción de la tasa del impuesto sobre la renta
Esta propuesta de ley reduciría la tasa del impuesto sobre la renta para todos los contribuyentes de Colorado.
Disposiciones principales
- Modifica los estatutos de Colorado para reducir permanentemente los tipos del impuesto sobre la renta de las personas físicas y de las empresas del 4,55% al 4,40%.
Antecedentes:
La ley actual de Colorado por estatuto, C.R.S. 39-22-104 (1.7) y C.R.S. 39-22-301 (1)(d)(I), impone un impuesto sobre la renta de tipo fijo sobre la renta federal imponible de todos los contribuyentes, tanto individuos como corporaciones, independientemente de la cantidad de ingresos. Históricamente, ese tipo era del 5,00 por ciento hasta 1998; del 4,75 por ciento en 1999; y del 4,63 por ciento de 2000 a 2019. Un impuesto sobre la renta plano toma una parte fija de los ingresos, independientemente de lo grandes o pequeños que sean. Colorado tiene un impuesto sobre la renta fijo, que actualmente toma el 4,55% de la renta federal imponible ajustada, tanto si esa renta es de diez mil dólares como de diez millones de dólares.
En 2020, los votantes de Colorado aprobaron una iniciativa electoral para reducir el impuesto sobre la renta a tanto alzado del 4,63% al nivel actual del 4,55%. Esta medida, si se aprueba, reducirá la tasa fija en 2022 y en años futuros del 4,55 por ciento al 4,40 por ciento.
La recaudación de los impuestos estatales sobre la renta proporciona la mayor parte del Fondo General del Estado. Otras partes del Fondo General proceden de los impuestos sobre las ventas, los fondos en efectivo procedentes de las tasas por servicios gubernamentales que se gastan en programas concretos como el transporte, y los fondos del gobierno federal para programas de asistencia como la educación K-12 y la atención sanitaria.
El gasto del Fondo General paga las operaciones del gobierno estatal, como la educación, los servicios humanos, la atención sanitaria y las correcciones. La disminución de la tasa de recaudación del impuesto sobre la renta del 4,55% al 4,40% puede reducir la cantidad de dinero disponible para pagar las operaciones del gobierno estatal.
Una disposición constitucional de Colorado conocida como la Declaración de Derechos de los Contribuyentes (TABOR) establece un límite de ingresos anual para el estado que requiere que el dinero recaudado por encima del límite sea devuelto a los contribuyentes, El dinero devuelto a los contribuyentes se conoce como el reembolso TABOR. El estado puede gastar o ahorrar la recaudación de impuestos por debajo del límite. En los años en los que el estado recauda ingresos por debajo del límite constitucional de ingresos TABOR, esta medida reducirá la cantidad de dinero disponible para pagar las operaciones del gobierno estatal. En los años en que el estado recauda dinero por encima del límite de TABOR, esta medida reducirá la cantidad devuelta a los contribuyentes como reembolso de TABOR.
Los que están a favor dicen:
1. Esta propuesta constituye una modesta rebaja del impuesto sobre la renta para todos los contribuyentes, del 4,55% al 4,40%. Todos los que pagan impuestos sobre la renta recibirán exactamente la misma rebaja del tipo impositivo del 0,15%
2. Los habitantes de Colorado se enfrentan al aumento más rápido de los precios en más de 40 años. El aumento de los costes está estrangulando los presupuestos familiares y reduciendo nuestro nivel de vida. Esta medida permitiría a los coloradenses conservar más de su dinero ganado con esfuerzo, ayudándoles a hacer frente a esta inflación récord.
3. Bajar los impuestos es una de las principales formas en que Colorado puede atraer a las empresas, los empresarios y los creadores de empleo al estado, añadiendo resistencia a la economía del estado en un momento de inflación récord y un alto riesgo de recesión económica inminente.
4. El estado de Colorado ha creado y cobrado numerosas tasas a los coloradenses en los últimos años. Esta reducción de impuestos devolverá a los contribuyentes una parte de las tasas impuestas.
Los que se oponen dicen:
1. La mayoría de los beneficios de la medida irán a parar a una pequeña población de contribuyentes ricos, incluidas las empresas. Casi la mitad del recorte fiscal propuesto iría a los contribuyentes que ganan más de 200.000 dólares al año. Un habitante de color que gane 50.000 dólares al año verá un recorte de impuestos de 75 dólares. Un coloradino que gane 250.000 dólares vería una rebaja de impuestos de 375 dólares, mientras que un contribuyente que gane 1 millón de dólares anuales vería una rebaja de impuestos de 1.400 dólares.
2. Según las estimaciones, esta medida reduciría el Fondo General del estado en casi 400 millones de dólares, es decir, más del 3% del presupuesto actual del Fondo General. Eso equivale a casi la mitad del presupuesto de todo el Departamento de Correcciones. Además de los recortes en todo el presupuesto, se harían importantes recortes en la educación y otros programas.
3. Colorado está en medio de rebajas históricas, pero éstas no duran para siempre. Poner recortes permanentes en el impuesto sobre la renta significa que, cuando llegue una recesión, Colorado tendrá que hacer recortes significativos en programas como la seguridad pública, la mitigación de incendios forestales, la atención médica y la educación para equilibrar nuestro presupuesto.
Propuesta 122: Acceso a sustancias psicodélicas naturales
Esta propuesta de ley legalizaría el uso de ciertas sustancias psicodélicas con fines medicinales.
Disposiciones principales:
- Permite el acceso regulado a medicinas psicodélicas naturales para adultos de 21 años o más que se muestren prometedoras en el tratamiento de condiciones de salud mental;
- Permite el uso de hongos psicodélicos en instalaciones autorizadas;
- Crea un sistema de terapia regulada para que los adultos puedan acceder a la terapia psicodélica natural en centros de curación autorizados;
- Desarrolla y promueve la educación pública sobre el uso de medicinas naturales;
- Elimina las sanciones penales por el uso personal y la posesión de hongos psicodélicos naturales para los mayores de 21 años;
- Establece una Junta Asesora de Medicina Natural; y
- Prohíbe la venta de drogas psicodélicas para uso recreativo.
Antecedentes:
Esta medida permitiría a las personas mayores de 21 años utilizar cinco tipos específicos de sustancias psicodélicas. Estas sustancias pueden alterar la conciencia, el estado de ánimo o la percepción del entorno de una persona. Todas las sustancias a las que se refiere la medida están actualmente catalogadas como sustancias controladas de la Lista 1. Una sustancia controlada de la Lista 1 se define actualmente como una droga sin valor aceptado para uso médico o que tiene el potencial de abuso.
En la actualidad, se están investigando los beneficios médicos de los hongos psicodélicos y otras sustancias psicodélicas para el tratamiento de la depresión, el trauma, la adicción, la ansiedad u otros problemas de salud mental. La FDA (Administración de Alimentos y Medicamentos) ha designado a los hongos psicodélicos como una terapia innovadora para el tratamiento de la depresión. Esta designación se utiliza para acelerar la investigación, el desarrollo y la revisión cuando parece que puede tener beneficios significativos para los tratamientos existentes.
Los que están a favor dicen:
1. Los veteranos que sufren de TEPT (Trastorno de Estrés Postraumático) y los que se enfrentan a un diagnóstico terminal han descubierto que las terapias con medicinas naturales funcionan donde otras han fracasado. La Ley de Salud con Medicinas Naturales (NMHA) está diseñada para crear un acceso seguro a las medicinas naturales para los veteranos, los supervivientes de traumas, las personas que se enfrentan a una enfermedad terminal, así como cualquier adulto que pueda beneficiarse de forma segura del acceso a las medicinas naturales.
2. Las medicinas naturales son tan prometedoras que la FDA concedió recientemente a la psilocibina una designación de "terapia innovadora" para la depresión, lo que significa que la terapia psicodélica natural puede demostrar una mejora sustancial sobre lo que está disponible actualmente.
3. Las investigaciones de instituciones como Johns Hopkins, UCLA y NYU indican que algunas terapias psicodélicas naturales pueden ser eficaces en el tratamiento del TEPT, la depresión, la ansiedad y la adicción, ofreciendo la curación en lugar de una vida de medicación a veces diaria y debilitante.
Los que se oponen dicen:
1. Establecer un programa regulado es ir demasiado lejos, demasiado pronto. Deberíamos confiar en la FDA para que estos medicamentos estén disponibles cuando hayan realizado más estudios que demuestren que son seguros y eficaces.
2. Esta medida permitiría el uso de una droga que ha sido ilegal durante 50 años. Al despenalizar el uso personal, el mercado negro podría expandirse y dar acceso a los menores de edad o exponer a la gente a drogas que pueden estar contaminadas con alguna otra sustancia.
3. Actualmente, no hay terapias aprobadas para el uso de hongos psicodélicos o terapias psicodélicas. Proponer un programa regulado para el uso de estas sustancias puede hacer creer a algunos que ha sido aprobado por la FDA, lo cual no es todavía el caso.
Propuesta 123: Dedicación de los ingresos del impuesto sobre la renta del Estado a los programas de vivienda asequible
Esta propuesta de ley reservaría los ingresos existentes para programas de vivienda asequible.
Disposiciones principales:
- Dedica una parte de los ingresos (una décima parte del uno por ciento) de los ingresos del impuesto sobre la renta existente para los programas de vivienda asequible;
- Exime a ese dinero de los límites de ingresos del estado haciendo un cambio aprobado por los votantes al límite de gasto TABOR; y
- Establece los usos elegibles para este dinero.
Antecedentes:
En Colorado y en todo Estados Unidos, el acceso a una vivienda segura y asequible es un reto para las familias de bajos ingresos cuando los precios de las viviendas siguen aumentando. Colorado ha experimentado un aumento en la población sin hogar y un aumento en el costo de la vivienda - tanto en los precios de alquiler y en las casas de venta en el mercado. La vivienda asequible se está debatiendo en ciudades y condados de todo el estado.
Esta propuesta define la vivienda asequible como aquella basada en los ingresos y en los costes de la vivienda. En general, los ingresos de un inquilino para una vivienda asequible estarían en el 60% de la renta media de la zona donde vive. Un propietario de una vivienda estaría ganando el 100% de la renta media de la zona. Los fondos elegibles para este programa serían dispersados por DOLA (Departamento de Asuntos Locales) y OEDIT (Oficina de Desarrollo Económico y Comercio Internacional).
La medida designaría alrededor del dos por ciento de los ingresos del impuesto sobre la renta existentes para la vivienda. Hace un cambio aprobado por los votantes al límite de gasto estatal TABOR. Esta propuesta no aumenta los impuestos. En los años de reembolso de TABOR (los ingresos del estado superan el límite de gasto), reduciría el reembolso de TABOR, en 300 millones de dólares o menos en 2023-24, sin afectar a otros gastos del Fondo General. En los años sin reembolsos TABOR, el dinero para la vivienda provendría del Fondo General.
Actualmente, el estado de Colorado asigna fondos a las comunidades para abordar la vivienda, los vales de alquiler, la falta de vivienda, etc. Desde 2021, el estado ha asignado más de 1,2 mil millones de dólares de la Ley federal del Plan de Rescate Americano (ARPA). para la vivienda asequible y los servicios que abordan la inseguridad de la vivienda, la falta de vivienda asequible y de mano de obra, o la falta de vivienda. Se trata de fondos únicos que se gastarán en los próximos años específicamente en: ayuda de emergencia para el alquiler; asistencia hipotecaria para propietarios de viviendas; créditos fiscales para promotores; vivienda e infraestructura; y otras soluciones de vivienda.
Los que están a favor dicen:
1. Esta medida propone una fuente sostenible de fondos para hacer frente a las necesidades de vivienda para los individuos y las familias en todo el espectro de ingresos.en Colorado. Es casi imposible que los asalariados más bajos de Colorado puedan pagar su vivienda sin que se les cargue el coste.
2. Esta propuesta es un programa integral de vivienda diseñado para financiar permanentemente la vivienda asequible en todo el estado a través de la financiación, y para crear incentivos para los gobiernos locales para lograr un crecimiento significativo de la vivienda asequible.
3. Para crear nuevas viviendas asequibles y preservar el parque existente, los promotores necesitan acceso a la tierra, una zonificación sensible y una financiación adecuada. Esta medida no aumentaría los impuestos para alcanzar los objetivos de esta propuesta.
Los que se oponen dicen:
1. La medida reservaría una décima parte de los impuestos sobre la renta que el Estado ya recauda para destinarla a viviendas asequibles. También tendría el efecto de reducir los reembolsos TABOR en la misma cantidad, lo que significa que finalmente sería un costo para los contribuyentes.
2. Esta propuesta no aborda las causas existentes que conducen a la falta de vivienda y a la vivienda inasequible. Sería mejor que el libre mercado se ocupara del asunto,
3. El estado ha financiado mil millones para viviendas asequibles a través del programa de estímulo federal en los últimos años. Se trata de una duplicación de servicios.
Propuesta 124: Aumentar las ubicaciones de las tiendas de licor permitidas
Esta propuesta legal permite aumentar el número de licencias de tiendas de licores al por menor.
Disposiciones principales:
- Permite un aumento gradual con el tiempo en el número de licencias de licor que se pueden emitir al propietario de una tienda de licores al por menor para las ubicaciones adicionales; y
- Permite que el propietario de una tienda de licores al por menor tenga un número ilimitado de licencias de tiendas de licores al por menor a partir del 1 de enero de 2037.
Antecedentes:
Según la ley actual, las droguerías con licencia de licor (tiendas de comestibles con farmacia que venden cerveza, vino y licores) pueden tener ocho licencias. Este número aumenta cada cinco años hasta el 1 de enero de 2037, fecha en la que el propietario de una droguería con licencia de licor puede tener un número ilimitado de licencias.
Según la ley actual, las tiendas de licores al por menor están limitadas a tres locales por licenciatario, y a partir de 2027 se permitirán cuatro locales. Esta propuesta de enmienda permitiría que las tiendas de licores al por menor tuvieran tantas licencias como las farmacias con licencia de licor.
Los que están a favor dicen:
Esta medida corrige una desventaja competitiva a largo plazo entre las tiendas de licores al por menor y las grandes cadenas de supermercados.
Los que se oponen dicen:
Las grandes cadenas de venta de bebidas alcohólicas no necesitan el mismo número de licencias que las tiendas de comestibles para competir eficazmente con ellas. La propuesta 124 crea una desventaja para las pequeñas tiendas de licores de propiedad local que pueden no tener la capacidad o el deseo de expandirse, y beneficia a las grandes cadenas de tiendas de licores al por menor que tienen más recursos.
Propuesta 125: Permitir que las tiendas de comestibles y de conveniencia vendan vino
Esta propuesta legal permitiría la expansión de la venta al por menor de bebidas alcohólicas
Disposiciones principales:
- Crea una nueva licencia de venta al por menor de bebidas fermentadas de malta y vino para permitir que las tiendas de comestibles, tiendas de conveniencia y otros negocios que tienen licencia para vender cerveza también vendan vino y realicen catas de vino.
Antecedentes:
La legislatura realizó una serie de cambios en las leyes relativas a la venta de alcohol. Las nuevas leyes permitieron la venta de cerveza de alta graduación en tiendas de comestibles y tiendas de conveniencia. Anteriormente, estas tiendas podían vender cerveza de 3,2 grados. En ese momento se permitió la venta de cerveza en otros locales.
Las restricciones operativas actuales incluyen: no se puede vender alcohol a los menores de 21 años; no se puede vender alcohol entre la medianoche y las 8:00 am; los empleados que manipulan el alcohol deben tener 18 años.
La propuesta permitiría a las tiendas de comestibles y de conveniencia vender vino además de cerveza.
Los que están a favor dicen:
1. Los consumidores quieren la comodidad de comprar vino con la comida. Esta propuesta permitirá a los adultos comprar vino en las tiendas de comestibles y de conveniencia al igual que lo hacen ahora con la cerveza.
Los que se oponen dicen:
- Esta propuesta crea una desventaja para las pequeñas tiendas de licores de propiedad local que pueden no tener la capacidad o el deseo de expandirse, y beneficia a las grandes cadenas nacionales de supermercados y tiendas de conveniencia que tienen más recursos
Propuesta 126: Entrega de bebidas alcohólicas por parte de terceros
Esta propuesta de ley permitiría la entrega de bebidas alcohólicas por parte de terceros.
Principales disposiciones
- Permite a los minoristas con licencia para la venta de bebidas alcohólicas para el consumo en el local o fuera de él, entregar bebidas alcohólicas a sus clientes a través de sus propios empleados, a través de un contratista independiente calificado, o a través de un servicio de entrega de terceros que tenga un permiso de servicio de entrega; y
- Permite la entrega permanente de alcohol para llevar en bares y restaurantes, cuya derogación está prevista para 2025.
Antecedentes:
Bajo la ley actual, los negocios con licencia de licor que entregan alcohol a sus clientes deben utilizar sus propios empleados que tengan 21 años de edad o más. Esta medida permitirá que los negocios con licencia para vender alcohol contraten a terceras empresas, como servicios de entrega de alimentos y comidas, para entregar el alcohol a sus clientes.
Los que están a favor dicen:
La entrega de comestibles y comidas en restaurantes se ha convertido en una comodidad que los habitantes de Colorado esperan y siguen utilizando. Permitir que los servicios de entrega de terceros entreguen alcohol permitirá que muchas más tiendas y restaurantes ofrezcan este servicio a sus clientes.
Los que se oponen dicen:
Esta propuesta no tiene las salvaguardias disponibles en una tienda física o restaurante que aseguran que el alcohol no se vende a los menores. Según la ley actual, los titulares de licencias de venta de alcohol al por menor que hacen las entregas con sus propios empleados son responsables de cualquier infracción. Con esta medida, los minoristas no son responsables una vez que el alcohol sale de sus instalaciones, y se espera que la aplicación de las leyes de entrega de alcohol por parte de terceros sea
más difícil.
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